EL TRASVASE DE AGUA A LA LLANURA MANCHEGA

INTRODUCCIÓN
En la página web http://lagunasvivas.wordpress.com/tuberia-llanura-manchega-y-rio-ciguela/ podemos encontrar información sobre una obra de importantes dimensiones para trasvasar agua del Tajo a la llanura manchega, con el propósito de garantizar el abastacimiento de agua para consumo humano a las poblaciones del centro de Castilla-La Mancha.. Las obras han sido adjudicadas a las empresas OHL y la asistencia técnica de la dirección de la obra a la compañía EPTISA.
Los fundamentos para este trasvase tienen que ver con los problemas de abastecimiento de agua en los municipios de la zona centro, dado que muchos de ellos recurren a acuíferos sobreexplotados y otros pueblos tienen acceso a aguas superficiales sin estar garantizado el abastecimiento en situaciones de sequía. Las obras implican la construcción de un canal desde la infraestructura ya existente del acueducto Tajo-Segura, la construcción de un depósito regulador en Carrascosa del Campo (Cuenca), una conducción principal desde aquí hasta el centro de la región y un ramal secundario desde Puerto Lápice hasta las proximidades del embalse de Gasset (Ciudad Real).
NORMATIVA
Los fundamentos normativos los encontramos en la Resolución de 15 de mayo de 2006 de la Confederecación Hidrográfica del Guadiana, por la que se publica el Convenio de colaboración con Aguas de Castilla-La Mancha para el desarrollo de conducción de agua desde el acueducto Tajo-Segura para incorporar recursos a la llanura manchega (B.O.E. 16/6/2006).
La citada resolución hace mención a otra norma al señalar que "el «Real Decreto-Ley 8/1995, de 4 de agosto, por el que se adoptan medidas urgentes de mejora del aprovechamiento del trasvase Tajo-Segura» establece que: «La potencialidad del acueducto Tajo-Segura como vertebrador territorial de centro y sudeste de la península debe ser reforzada, no sólo para superar la situación coyuntural de sequía, sino para paliar parte del problema estructural del desequilibrio hídrico» y también «Con las medidas establecidas en el presente Real Decreto-Ley se pretende incrementar el rendimiento de las infraestructuras existentes con su utilización para resolver los graves problemas de abastecimiento urbano». 2. Asimismo las disposiciones de dicho Real Decreto-Ley establecen: «Artículo 1. Derivación de recursos del acueducto Tajo-Segura a la cuenca del Guadiana.-1. Se autoriza la derivación de recursos hídricos del acueducto Tajo-Segura para el abastecimiento de la cuenca alta del río Guadiana. El volumen medio anual derivado, computado sobre un período máximo de diez años, no será mayor de 50 hectómetros cúbicos»"
Otros aspectos importantes de este programa contenidos en la resolución 15/05/06 son los siguientes:
LA SOBREEXPLOTACIÓN DE LOS ACUÍFEROS
"Las partes firmantes conocen la sobreexplotación que sufren los Acuíferos de la Mancha Occidental que han provocado importantes descensos de los niveles de agua y cuya principal consecuencia es la crítica situación en la que se encuentra el Parque Nacional de las Tablas de Daimiel. Este deterioro hídrico produce, no sólo una pérdida de las reservas de aguas subterráneas, sino también un paulatino deterioro en la calidad de la misma, especialmente para el abastecimiento de consumo público."
MUNICIPIOS CON PROBLEMAS DE ABASTECIMIENTO
"Que comprenden el abastecimiento de agua desde el Acueducto Tajo-Segura a la Llanura Manchega, núcleos de: Minaya y Villarobledo en la provincia de Albacete, Alcázar de San Juan, Aldea del Rey, Almagre, Almodóvar del Campo, Arenas de San Juan, Argamasilla de Alba, Argamasilla de Calatrava, Ballesteros de Calatrava, Bolaños de Calatrava, Calzada de Calatrava, Campo de Criptana, Cañada de Calatrava, Caracuel de Calatrava, Carrión de Calatrava, Castellar de Santiago, Ciudad Real, Corral de Calatrava, Daimiel, Fernán Caballeros, Fuente el Fresno, Granátula de Calatrava, Herencia, La Solana, Las Labores, Malagón, Manzanares, Membrilla, Miguelturra, Moral de Calatrava, Pedro Muñoz, Poblete, Pozuelo de Calatrava, Puerto Lápices, Puertollano, San Carlos del Valle, Santa Cruz de Mudela, Socuéllamos, Tomelloso, Torralva de Calatrava, Torrenueva, Valdepeñas, Valenzuela de Calatrava, Villar del Pozo, Villarrubia de los Ojos, Villarta de San Juan en la provincia de Ciudad Real, y Belmonte, El Pedernoso, El Provencio, Horcajo de Santiago, Las Mesas, Las Pedroñeras, Los Hinojosos, Mota del Cuervo, Pozorrubio, San Clemente, Santa María de los Llanos y Villamayor de Santiago en la provincia de Cuenca."
PRESUPUESTO Y FINANCIACIÓN
"Las inversiones estimadas para la realización de la actuación objeto del presente Convenio asciende a 134.012.913 € (ciento treinta y cuatro millones doce mil novecientos trece euros) según la siguiente distribución por anualidades:
Anualidades | Importe en euros | ||
2006 | 28.808.898 | ||
2007 | 31.000.000 | ||
2008 | 34.000.000 | ||
2009 | 34.891.124 | ||
2010 | 5.312.891 | ||
Las obras de este Convenio serán financiadas de conformidad con la siguiente fórmula: La Administración General del Estado financiará el 85 por 100 del importe total de las inversiones necesarias en las obras y actuaciones complementarias previstas, que se harán efectivas en los presupuestos de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, Organismo Autónomo del Ministerio de Medio Ambiente. La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha cofinanciará, a través de la Entidad de Derecho Público Aguas de Castilla La Mancha, las inversiones previstas en las obras y actuaciones complementarias, aportando el 15 por 100 restante."
DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
El proyecto ha contado con el visto bueno de Medio Ambiente que en la Resolución de 21 de julio de 2000, de la Secretaría General de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de conducción de agua desde el acueducto Tajo-Segura para incorporación de recursos a la llanura manchega (Cuenca-Toledo-Ciudad Real), establece: "Analizada la documentación contenida en el expediente, anteriormente referida, y completada la información con visitas sobre el terreno, no se observan potenciales impactos adversos residuales significativos sobre el medio ambiente por la ejecución de este proyecto."
ESPACIOS NATURALES
El Ministerio de Medio Ambiente señala que "la zona de actuación, no está incluida dentro de ningún espacio de la Red Natura 2000, así como en ningún Espacio Natural Protegido, aunque tres de los ramales proyectados se localizan parcialmente incluidos en la Zona de Especial Protección para las Aves "Área Esteparia de La Mancha Norte" (ES0000170), desarrollando la Directiva Aves (79/409/CEE)." Y añade que "(...) este proyecto cuenta con la Declaración de la Autoridad Responsable de Supervisar los Lugares de la Red Natura 2000, que establece que:
No es probable que el proyecto tenga repercusiones significativas sobre los lugares incluidos en la Red Natura 2000, por lo motivos siguientes:
__El ramal Horcajo de Santiago se ajusta a la carretera CM-200.
__Solamente se trabajará dentro de las zonas de especial protección para las
aves "Área Esteparia de La Mancha Norte" tres semanas.
__El nuevo trazado no afectará directamente a ningún hábitat incluido en la
Directiva 92/43/CEE.
__La restauración se realizará mediante plantación de especies arbóreas y
arbustivas autóctonas."
Origen de la imagen: http://lagunasvivas.wordpress.com
Descripción de la imagen: tubería a la llanura manchega
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